Un
reciente fallo de la Justicia Federal en lo Civil y Comercial de Argentina
(confirmado por la Cámara de Apelaciones), hizo lugar a la demanda iniciada
contra el reconocido diseñador argentino Ricky Sarkany por la
marca "RICK", por considerar que las marcas en pugna -"Rick vs. Ricky Sarkany"- no son
confundibles, declarando infundada la oposición formulada por Sarkany.
Así,
los jueces manifestaron que la gran difusión que la marca de Sarkany adquirió
en nuestro país contribuye a alejar la posibilidad de confusión con la marca
"Rick" puesto que "el prestigio y calidad de los productos del accionado hacían que su público
consumidor, conocedor de todo aquello que es modo en el mercado nacional,
difícilmente pueda ser inducido a error".
Agregaron los jueces
que “el juzgador para decidir esta clase de conflictos debe colocarse en el
lugar del consumidor y dejarse llevar, ante todo, por la impresión de
conjunto”.
“La impresión que me
provoca la aprehensión fresca, espontánea y prerreflexiva de "RICK" y
"RICKY SARKANY y diseño", es que no se confunden en absoluto y un
análisis más pormenorizado revela que la semejanza que presentan las marcas es
mínima, y por ende, carece de entidad como para temer fundadamente que pueda
producirse confusión en el público”, señalaron.
[Fuente: Gatur S.R.L. c/ Sarkany
Ricardo Esteban s/ cese de oposición al registro de marca]