#InternationalFashionLawyers: Anna Alegret Rodeja, ESPAÑA @defashionlaw




FASHION LAW EN ESPAÑA
Por  Anna Alegret Rodeja
@defashionlaw


La industria de la moda supone para España un 2,9% del PIB (datos del 2017) y somos el cuarto país que más moda exporta  de la Unión Europea. La industria de la moda en España está muy polarizada ya que abarca desde grandes empresas a pequeñas pymes/startups, algunas de ellas con una gran proyección de futuro. Somos líderes mundiales en el conocido modelo del fast fashiony tenemos siete empresas que facturan más de 1.000 millones de Euros como Inditex, Mango, Cortefiel (Tendam) o Desigual. Por tanto, el peso que tiene el sector de la moda en nuestro país es elevado y las empresas tienen que seguir innovando y renovándose para mantener su posición; una de las vías para ello es, por ejemplo, conseguir una protección de sus activos intangibles a través de la propiedad intelectual e industrial. 

Ahí es dónde entramos los abogados expertos en derecho de la moda. En España el Fashion Law engloba diversas áreas del Derecho: Propiedad Industrial, Nuevas Tecnologías y Protección de Datos; Derecho Laboral en el sector de la Moda y el Lujo; Derecho Mercantil; Derecho público y Derecho Fiscal. La legislación de algunas de dichas materias proviene de la Unión Europea a través de Directivas y Reglamentos* (se conoce como derecho derivado de la Unión Europea) - por ejemplo, en materia de marcas existe el Reglamento (UE) 2017/1001 sobre la marca de la Unión Europea – RMUE-, la Directiva (UE) 2015/2436 relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados Miembros en materia de marcas a nivel europeo y la Ley 17/2001 de Marcas a nivel nacional – así que dentro de España coexisten ambas normativas que se complementan. 

Un caso a destacar como estrategia de protección en el sector de la moda es el relativo a la innovadora regulación de los diseños comunitarios no registrados (figura introducida por el Reglamento (CE) 6/2002 sobre dibujos y modelos comunitarios) con efectos uniformes en toda la UE. El diseño comunitario no registrado pero sí divulgado (accesible al público) recibe una protección parecida a la que reciben los diseños comunitarios registrados, pero con una intensidad menor y por menos tiempo, concretamente, protege durante un plazo no prorrogable de tres años iniciados a partir del momento en que se divulga el diseño en el mercado y se hace conocido en el sector por sus especialistas. 

Por otra parte, también requiere de conocimientos enfocados al sector de la moda como comunicación y marketing de Moda,  historia de la moda así como de diseñadores célebres y casas de moda, eventos tales como las Fashion Weeks, etc. Así que los abogados expertos en derecho de la moda tienen que estar familiarizados con ambas vertientes. 

En España todavía no hay muchos profesionales dedicados a esta disciplina pero percibo un creciente interés: algunos despachos ofrecen asesoramiento legal de Fashion Law, algunas escuelas han iniciado programas de Máster relativos al Fashion Law & Business (véase el Centro de Estudio Garrigues o ISDE), en 2006 se creó el Fashion Law InstituteEspañade la mano de la Sra. Antonella Di Campo, se ha publicado un libro/manual que analiza todos los aspectos del Fashion Lawdirigido por el Sr. Enrique Ortega Burgos y se ha creado la Asociación de Expertos en Derecho y Moda (AEDM) la cual está reconocida tanto nacional como internacionalmente por los profesionales de la moda. Poco a poco esta disciplina va encontrando un nicho en el mercado así que, ¡larga vida al Fashion Law!


*A través de Directivas y Reglamentos la CE viene desarrollando una gran labor de armonización entre las legislaciones de los Estamos Miembros para la formación de un mercado interior único y de creación y regulación de derechos de propiedad industrial estrictamente comunitarios.